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Directrices para prevenir la ocurrencia de faltas disciplinarias y fortalecer la función de las oficinas de Control Interno Disciplinario en el Distrito

Por: pfacostav
Publicado el: Octubre 2020

Las directrices en materia disciplinaria buscan orientar, fortalecer e impartir lineamientos y estrategias en el distrito para el cumplimiento de las funciones y la prevención de faltas.

Bogotá D.C., 14 de octubre de 2020. @juridicadistri. Prevenir la ocurrencia de faltas disciplinarias es uno de los principales desafíos cuando de materia pública se trata.
Lograr salir avante en este reto requiere de lineamientos claros que permitan conocer qué son las faltas, cuáles son las consecuencias de incurrir en ellas y cómo evitarlas.
Para entender esta información, la Secretaría Jurídica Distrital ha expedido directrices que marcan la pauta y permiten hacer un control estricto a la función pública. Además, unifican criterios en términos de aplicación e interpretación de las normas en materia disciplinaria.
La abogada Elayne Liliana León Omaña, directora de la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la entidad, mencionó que “los lineamientos impartidos buscan prevenir la ocurrencia de faltas disciplinarias, lo cual necesariamente incide en que los servidores públicos distritales conozcan sus deberes, trayendo como consecuencia la disminución de conductas disciplinables”.
Las directrices disciplinarias van dirigidas a las Oficinas de Control Interno Disciplinario o dependencias que hagan sus veces y contienen recomendaciones por parte de la Alcaldía Mayor en el marco de la lucha contra la corrupción y la prevención de las conductas irregulares de los servidores públicos.
Teniendo como base esta misión, en el año 2017 fue entregada la propuesta de nuevas directrices en materia de política pública disciplinaria, y luego de realizar un estudio de los antecedentes jurisprudenciales, una revisión normativa y un análisis de las estadísticas que presentaba el Sistema de Información Disciplinaria, surgieron dos directrices que tuvieron como objetivo modificar las Directivas 007 de 2013 y 002 de 2007, y complementar lo previsto en la Directiva 004 de 2002, con el fin de responder a las necesidades y a la realidad que se presentaba en diferentes entidades a nivel distrital.
En este sentido, se establecieron lineamientos que han permitido proveer al Sistema de Información Disciplinaria datos confiables con respecto al estado de los procesos en las diferentes entidades, a partir de los cuales se determinan los insumos que sirven a la formulación de directrices para los representantes legales y operadores disciplinarios.

Directrices y lineamientos

El 02 de noviembre de 2018, a través de la Directiva 008 de 2018 , se expidieron las directrices para precisar cuáles son las conductas que se consideran como actos de corrupción, estas con el objetivo de facilitar la adecuación típica en materia disciplinaria.
Posteriormente fue presentada la directriz para el trámite de la ejecución y cobro persuasivo de sanciones disciplinarias de carácter pecuniario, teniendo en cuenta que este tiene que ver directamente con la actuación administrativa y la invitación al deudor a hacer un pago voluntario de sus obligaciones, antes del inicio de un proceso de cobro por jurisdicción coactiva.
Es importante mencionar que en el Decreto Distrital 397 de 2011 se estableció “el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera en el Distrito Capital” y se presentaron, en su artículo 7, las tres etapas que se deben seguir para el cobro de rentas distritales, dentro de las cuales se incluye el procedimiento de cobro persuasivo.
Ante esto y dada la obligatoriedad de agotar la etapa de cobro persuasivo, la entidad estableció directrices como pauta para realizar el cobro de las sanciones disciplinarias de carácter pecuniario, con el fin de evitar prescripciones y buscar que se cumplan todas las obligaciones que deben ser llevadas a cabo por las entidades, de forma rápida y eficaz.

Directivas y ciudadanía
Los lineamientos en materia disciplinaria también han buscado crear articulación con la ciudadanía, uno de los principales ejemplos fue la directiva 015 de 2015, que involucró y permitió su participación en la lucha contra la corrupción a través de la herramienta virtual “Sistema Distrital de Quejas y Soluciones SDQS”, que posteriormente llevó a una atención y capacitación, teniendo en cuenta los registros relacionados con actos de corrupción.

Directivas para el control de legalidad
De otro lado, en el 2019 se presentaron cuatro directivas para el control de legalidad ante la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, con temas de especial relevancia sobre Tratamiento de quejas anónimas en la Ley disciplinaria (Directiva 006 del 17 de septiembre de 2019) , Preparación para la entrada en vigencia de la Ley 1952 de 2019, Código General Disciplinario (Directiva 007 del 17 de septiembre de 2019) ,
Lineamientos frente a la prescripción del principio de favorabilidad en materia de prescripción disciplinaria (Directiva 008 del 31 de diciembre de 2019) y Directriz para la adecuada tipificación en los procesos disciplinarios de conductas violatorias del régimen de inhabilidades y conflicto de intereses (Directiva 010 del 31 de diciembre de 2019).
La expedición de estas cuatro directivas ha permitido que los operadores disciplinarios y sustanciadores tengan un derrotero para comprender, analizar y responder de manera objetiva y contundente a las necesidades y problemáticas propias de su función.

Directiva en el marco de la pandemia
Recientemente fue aprobada la Directiva 006 del 05 de octubre de 2020, que entregó lineamientos para el trámite de los procesos disciplinarios en el marco de la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del Covid-19. Ante este avance la directora de la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios, indicó que con esto “se demuestra que la Secretaría Jurídica Distrital constantemente está avanzando conforme a las exigencias que se presentan y a la que no son ajenas los asuntos disciplinarios”.
La funcionaria también mencionó que con la entrada en vigencia del "Código General Disciplinario" (Ley 1952 de 2019), se expedirán nuevos lineamientos para adelantar procesos disciplinarios bajo el procedimiento establecido en la nueva norma, que establece la oralidad en la tramitación de los asuntos disciplinarios.
“No puede dejarse de lado la nueva ley, que trae retos a las Oficinas de Control Interno Disciplinario y que necesariamente serán tenidos en cuenta para la expedición de directivas en el futuro”, agregó la servidora.
Con esto, la Secretaría Jurídica Distrital ha dado un paso al frente para formular los lineamientos que permitan una función pública efectiva y transparente, que vincule a la ciudadanía y le permita estar enterada sobre el acontecer del distrito.
Si desea conocer más sobre las directrices expedidas por la Secretaría Jurídica Distrital, ingrese aquí.

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