1. El nombre, identificación y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes
2. El nombre de la entidad
3. La clase de persona jurídica Fundación, Asociación o Corporación
4. El objeto social.
5. El patrimonio y la forma de hacer los aportes.
6. La forma de administración con indicación de las atribuciones y facultades de quien tenga a
su cargo la administración y representación legal.
7. La periodicidad de las reuniones ordinarias y los casos en los cuales habrá de convocarse a
reuniones extraordinarias.
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8. La duración precisa de la entidad y las causales de disolución.
9. La forma de hacer la liquidación una vez disuelta la Corporación o Fundación.
10. Las facultades y obligaciones del Revisor Fiscal, si es del caso.
11. Nombre e identificación de los administradores y representantes legales.
(Decreto Nacional 2150 de 1995, artículo 40)