La Alcaldía Mayor de Bogotá ejerce sobre las entidades sin Ánimo de Lucro con domicilio
principal en el Distrito Capital, la función de inspección y vigilancia las realiza con el fin de
garantizar que su patrimonio se conserve, sus ingresos sean debidamente ejecutados en el
desarrollo del objeto social de la entidad, y que en lo esencial, se cumpla la voluntad de los
fundadores o sus asociados según su naturaleza, así mismo ejerce el control con el fin de
evitar que sus actividades se desvíen de las funciones, deberes y objetivos legales y
estatutarios, se aparten de los fines que motivaron su creación, incumplan reiteradamente las
disposiciones legales o estatutarias que las rijan. (Artículo 38 del Decreto 059 de 1991
modificado por el artículo 22 del Decreto Distrital 530 de 2015)