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¿Es la Alcaldía Mayor de Bogotá quien ejerce la función de Vigilancia, Inspección y Control sobre las ESAL?

Sí, lo cual realiza a través de sus Secretarías de Despacho, dependiendo del objeto social. 1. Las entidades que tengan por objeto social la educación formal, educación para el trabajo y desarrollo humano. – son vigiladas por la Secretaría de Educación del Distrito. (Artículo 23 del Decreto Distrital 854 de 2001 modificado por el artículo 30 del Decreto Distrital 530 de 2015) 2. Las entidades que tengan por objeto la prestación de servicios de salud - son vigiladas por la Secretaría Distrital de Salud. (Artículo 1º del Decreto Distrital 581 de 1995 modificado por el artículo 33 Decreto Distrital 530 de 2015) 3. Las entidades con fines recreativos o deportivos vinculadas al Sistema Nacional del Deporte - son vigiladas por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte. (Decreto Distrital 037 de 2017, artículo 13 literal h) 5 4. Las entidades que tengan por objeto defensa y protección del medio ambiente, - son vigiladas por la Secretaría Distrital de Ambiente. (Artículo 25 del Decreto Distrital 854 de 2001 modificado por el artículo 30 del Decreto Distrital 530 de 2015) 5. Las entidades que no se encuentren vigiladas por otro ente distrital por regla general son vigiladas por la Secretaría Jurídica Distrital. (Decreto Distrital 323 de 2016, artículo 13 numeral 1º)

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