Con el Decreto 318 de 2021 se autorizó a los bares y establecimientos de comercio que expenden bebidas alcohólicas para consumir en el mismo sitio a que puedan desarrollar su actividad, entre las 10 a.m. y 3 a.m.
Bogotá D.C., 26 de agosto de 2021. La Alcaldía Mayor de Bogotá mediante Decreto 318 de 2021 autorizó a los bares y establecimientos de comercio que expenden bebidas alcohólicas para consumir en el mismo sitio puedan desarrollar su actividad, entre las 10 a.m. y 3 a.m., a partir del 27 de agosto.
Este mismo horario será aplicable para el expendio de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el marco de conciertos y eventos masivos de carácter cultural.
Todos los establecimientos de comercio que desarrollen la actividad económica de bares, gastrobares, lugares de baile y discotecas, deberán realizar la inscripción de los protocolos de bioseguridad aquí e implementar los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución No. 777 de 2021 o en la norma que la modifique, adicione o derogue.
El Decreto 318 rige a partir de su publicación y modifica el artículo 9 del Decreto Distrital 277 de 2021, las demás disposiciones previstas en este Decreto que no fueron modificadas continuarán vigentes.
Conoce el Decreto 318 aquí
SUPERCADE CAD módulos de servicio 29, 35 y 36
Punto de radicación Carrera 8 No. 10-65
Línea 195 3813000 Ext. 1740 y 1742