Bogotá D.C., 26 de agosto de 2021. La Alcaldía Mayor de Bogotá mediante Decreto 318 de 2021 autorizó a los bares y establecimientos de comercio que expenden bebidas alcohólicas para consumir en el mismo sitio puedan desarrollar su actividad, entre las 10 a.m. y 3 a.m., a partir del 27 de agosto.
Este mismo horario será aplicable para el expendio de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el marco de conciertos y eventos masivos de carácter cultural.
Todos los establecimientos de comercio que desarrollen la actividad económica de bares, gastrobares, lugares de baile y discotecas, deberán realizar la inscripción de los protocolos de bioseguridad aquí [1]e implementar los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución No. 777 de 2021 o en la norma que la modifique, adicione o derogue.
El Decreto 318 rige a partir de su publicación y modifica el artículo 9 del Decreto Distrital 277 de 2021, las demás disposiciones previstas en este Decreto que no fueron modificadas continuarán vigentes.
Conoce el Decreto 318 aquí [2]