Con el decreto 186 de 2021 se da continuidad hasta el 31 de mayo, a las medidas para mitigar el riesgo de contagio del Covid 19.
Bogotá D.C., 25 de mayo de 2021. Con el decreto 186 de 2021 se da continuidad hasta el 31 de mayo, a las medidas para mitigar el riesgo de contagio del Covid 19.
La principal medida que continúa es la restricción nocturna a la movilidad entre las 11:00 p.m. y hasta las 4:00 a.m., que va desde el martes 25 hasta el lunes 31 de mayo de 2021.
Los establecimientos de comercio solo podrán prestar servicios presenciales en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 10:00 p.m.
De igual manera, se extiende la restricción al consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público hasta las 4:00 a.m. del día 31 de mayo de 2021.
Se restringe el expendio de bebidas embriagantes y alcohólicas entre las 10:00 p.m. y hasta las 4:00 a.m., desde el martes 25 hasta el lunes 31 de mayo de 2021.
Sin embargo, se autoriza el consumo de bebidas embriagantes cuando se realice como complemento a platos servidos a la mesa por parte de establecimientos y locales gastronómicos y previo al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad correspondientes.
Durante el periodo de restricción se permitirá el expendio de bebidas embriagantes y alcohólicas cuando se realice a través de domicilio.
El Decreto 180 contempla como actividades no permitidas, las deportivas de alto impacto, tales como los torneos de fútbol profesional, hasta el lunes 31 de mayo de 2021.
Decreto 186: https://bogota.gov.co/sites/default/files/inline-files/decreto-186-de-20...
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