Bogotá, 17 de abril de 2020.
El decreto 113 adopta medidas excepcionales y transitorias en el manejo presupuestal de los Fondos de desarrollo local, para atender la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto ley 417 de 2020 y la calamidad pública declarada en Bogotá D.C. por el Decreto Distrital 87 de 2020, debido a la situación epidemiológica causada por el COVID-19, ejecutando los recursos a través delSistema "Bogotá solidaria en casa" y del Sistema Distrital para la mitigación del impacto económico, el fomento y la reactivación económica de Bogotá D.C.
Por este motivo, los alcaldes locales ordenarán el gasto de estos recursos, de acuerdo a lo establecido en los respectivos Manuales Operativos de dichos sistemas.
Bajo el principio de solidaridad podrán destinarse parte de estos recursos de una localidad a otra, para atender la población focalizada que durante la emergencia y calamidad pública aún se mantenga desprotegida.
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