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Decreto 162: Lineamientos para continuar aislamiento obligatorio en Bogotá

Por: dvgomezz
Publicado el: Junio 2020

El Decreto Distrital 162 da continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas en el territorio de Bogotá D.C., a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de julio de 2020,

El Decreto Distrital 162 da continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas en el territorio de Bogotá D.C., a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de julio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

Dentro del mismo periodo, para el ingreso a cualquier establecimiento a realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y por mayor, de servicios bancarios, financieros y notariales, atención al ciudadano en entidades públicas, y de prestación de cualquier otro tipo de servicios excepto los de salud, farmacia y servicios funerarios, se atenderá la siguiente condición:

1. En los días impares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos, las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.

2. En los días pares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos, las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.

Es importante resaltar que el control de esta medida estará en cabeza de los establecimientos de comercio o entidades públicas según corresponda.

Además, decreta el uso obligatorio de tapabocas y el distanciamiento físico, entre otras medidas, las cuales puedes consultar aquí.

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