Bogotá, 10 de mayo de 2020.
El Decreto Distrital 126 establece nuevas medidas para para el manejo de la pandemia por Covid-19.
En el sector salud, establece el uso obligatorio del tapabocas, el distanciamiento físico de dos metros de distancia, las medidas de bioseguridad para los locales y comercio de atención al público.
En sector movilidad establece las intervenciones peatonales y de ciclorutas que se implementan durante la pandemia, para incentivar el uso de la bicileta, los establecimientos público y privados deben aumentar sus cupos, durante este estado de calamidad,condiciones de uso y ocupación de vehículos en transporte terrestre, el pico y placa solidario y el límite de velocidad, entre otros.
También se establecen horarios para una Bogotá 24 horas:
1.Sector de la construcción: Entre las 10:00 a.m.a 7:00 p.m.
2.Comercialización al por menor y detal de productos y servicios no esenciales: Entre las 12:00 del medio díaalas11:59 p.m.
3.Sector de manufactura: Deberán establecer turnos de ingreso entre las 10:00 a.m.y las 5:00 a.m
Conoce las medidas para dar cumplimiento al aislamiento preventivo obligatorio, establecidas en el Decreto 126 de 2020 aquí
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